lunes, 25 de octubre de 2010

UNA VISIÓN AL FUTURO DE ECUADOR





UNA VISIÓN AL FUTURO
Quito, 15 de junio de 2016.

Anulación de la Ley Marcial II o Ley de Punto Final.La llamada ley Marcial II o de Punto Final ecuatoriana, se presentó para segundo debate en la Asamblea Nacional el 24 de diciembre de 2010 como iniciativa de la presidencia de Raphael Correa, establece la paralización de procesos judiciales contra los imputados como autores penalmente responsables de haber cometido el delito complejo de desaparición forzada de personas (que involucró detenciones ilegales, torturas y homicidios agravados o asesinatos) que tuvieron lugar antes y después del 30S fecha clave del debilitamiento presidencial, durante el REFORMISMO del autodenominado Proceso de Revolución Ciudadana de 2006-2016.
La ley dice literalmente "se extinguirá la acción penal contra toda persona que hubiere cometido delitos vinculados a la instauración de formas violentas de acción política hasta el 31 de diciembre de 2014".
La ley, que sancionaba la impunidad de los militares por la desaparición de varios miles de opositores a la cubanización del Ecuador: policías, militantes y socialistas del MPD (casi 900 según el informe de la “Comisión Gobiernista del Nunca Más” de junio de 2011 y hasta unos 3000 de acuerdo a los organismos de Derechos Humanos), fue en su momento objeto de una viva y acalorada polémica, donde para ocultarla se generaban Cadenas Nacionales ilegales e interminables y para evitar que se investigue se declaró el más largo estado de LEY MARCIAL que ha tenido el Ecuador.
Sólo quedaban fuera del ámbito de aplicación de la ley los casos de secuestro de recién nacidos, hijos de policías y opositores prisioneros destinados a DESAPARECER, que eran por lo general adoptados por militares, quienes les ocultaban su verdadera identidad biológica.
Las leyes de Punto Final (dic-2014) y Obediencia Debida (mar-2015), junto a los indultos realizados por Raphael Correa (2006-2016), son conocidas entre sus detractores como las LEYES DE IMPUNIDAD.
La ley, junto con su complementaria, la de Obediencia debida, fueron ANULADAS por el Congreso Nacional en may- 2016. Esta anulación fue convalidada por la Corte Suprema de Justicia, que las declaró inconstitucionales el 14 de junio de 2016. Cuando un gobierno de bienestar y generador de libertades con tendencia política de centro lideraba la anulación de la Constitución más perjudicial que ha tenido el Ecuador (Constitución Correista)

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